Fondo Nacional de Incentivo Docente
¿Qué posición asumimos frente a la medida de suspender el pago del FONID?
Es necesario planificar un pasaje progresivo durante 4 años del pago del FONID a las 24 jurisdicciones evaluando los recursos disponibles en las jurisdicciones de acuerdo con las medidas fiscales que adoptó y que podría adoptar el Poder Ejecutivo Nacional.
Hay que proteger el salario docente, más en este contexto inflacionario y de reducción de los fondos que se transfieren a las jurisdicciones. Es difícil esperar que las 24 jurisdicciones estén en condiciones de pagar el FONID, lo cual conllevará a una reducción del poder adquisitivo de las y los docentes.
Anunciar la interrupción de esta transferencia a 20 días del inicio de clases da cuenta de una medida improvisada que no responde a un replanteo general respecto del financiamiento educativo en Argentina sino a intereses exclusivamente fiscales y a tensiones entre el actual gobierno nacional y las jurisdicciones.
¿Por qué no sería deseable prorrogar el FONID?
El FONID y las compensaciones salariales representan entre el 35% y el 40% del presupuesto nacional destinado a la educación básica (niveles inicial, primario y secundario). Es el segundo rubro en presupuestario, detrás del presupuesto para las universidades. Esta inversión podría utilizarse para desarrollar políticas nacionales orientadas a mejorar la calidad y la equidad en el sistema educativo. Así, el ministerio de educación de la Nación contaría con más fondos para infraestructura, equipamiento o formación docente, muy importantes para las provincias, que destinan más del 90% de sus presupuestos al pago salarial.
Las normas vigentes (Leyes 26.206 y 26.075) plantean que es responsabilidad de las 24 jurisdicciones el financiamiento del sistema educativo jurisdiccional, lo cual incluye a los salarios docentes. No existe ninguna norma vigente que establezca la responsabilidad del Poder Ejecutivo Nacional en el Pago del FONID.
Las condiciones que originalmente se planteaban para la percepción del FONID (Ley 25.0253/98 y Decreto 878/99) nunca llegaron a cumplirse en todo el territorio nacional y fueron desestimadas por DNU posteriores dando lugar a que este fondo constituya simplemente ingresos para docentes (no remunerativos) de manera indiscriminada, sin criterios de equidad ni de eficacia.
Hoy el FONID cubre unos 28mil pesos del salario de todos los docentes del país, lo que representa entre un 5% y un 10% del total, según las provincias. Su incidencia en el salario docente es relativamente baja.
¿Cuál es la historia del FONID?
Fue creado por la Ley 25.053 1998 por 5 años, para mejorar los salarios docentes de las provincias comprometidas con la reforma de la Ley Federal de Educación (1993), el rediseño de los procesos administrativos, el legajo único por docente y la reducción del ausentismo. Se financiaba con recursos recaudados a través de una alícuota de 1% anual a los automotores, aviones y embarcaciones. Surge como respuesta a la Carpa Blanca instalada en reclamo por el deterioro salarial en las provincias y por una ley de financiamiento educativo.
En el año 2000 el gobierno de la Alianza anula el impuesto y el FONID comienza a financiarse con el presupuesto del Ministerio de Educación de la Nación, además de extenderse a todos los docentes, por lo que pierde su carácter de incentivo para la implementación de la reforma. Luego, en 2003 la ley de creación del FONID se prorrogó hasta 2009 y así sucesivamente por DNU.
¿Qué se debate sobre la paritaria nacional?
En paralelo, se dan ambigüedades con la paritaria nacional docente. Hay pros y contras. Por un lado, la paritaria puede proteger el salario docente y garantizar un piso mínimo nacional. Contra: el pago salarial es un asunto provincial y la paritaria genera conflictos con los gobernadores. Una solución, planteada en la corrección a la ley ómnibus, es que el piso salarial sea definido por el CFE con asistencia del CFI.
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