Políticas Ambientales en la Argentina: una agenda pendiente
Introducción
En un mundo atravesado por desafíos ambientales cada vez más urgentes, el diseño y la implementación de políticas ambientales en Argentina exigen un debate profundo. Las responsabilidades compartidas entre los niveles local, provincial y federal deben ser revisadas a la luz de un Estado que precisa adaptarse al siglo XXI. La gestión ambiental no solo requiere coordinación interjurisdiccional, sino también un marco político que trascienda coyunturas y prioridades cambiantes.
El Cambio Climático presenta desafíos económicos, sociales, productivos, urbanos y políticos. Pero a su vez los diferentes niveles de gobierno (federal, subnacional y local) tienen responsabilidades y capacidad de acción diferentes ¿Las responsabilidades de cada nivel de gobierno son equitativas? ¿Cómo está la agenda de financiamiento? ¿Qué alcances tiene y que alcances debería tener cada nivel de Estado para pensar políticas climáticas en el siglo XXI?
En este sentido, las recientes decisiones del Gobierno de Javier Milei, como la reducción del Ministerio de Ambiente a una subsecretaría y el retiro de Argentina de instancias clave como la COP29, plantean interrogantes sobre el rol del Estado en la protección ambiental. ¿Cómo garantizar la sostenibilidad frente a estas preferencia de políticas públicas?
Este conversatorio busca explorar las características de un Estado moderno y eficaz para abordar los desafíos ambientales y las demandas ciudadanas en este nuevo siglo.
La cuestión ambiental: historia y normativa Argentina en el plano nacional
A nivel mundial, si bien se pueden rastrear las consecuencias de un mal manejo ambiental y las preocupaciones sociales a causa de ello, no fue hasta fines del Siglo XIX que la cuestión del manejo del medio ambiente pasó a ser parte de la política gubernamental. A su vez, no emergió como un problema sistémico hasta luego de la década de 1960. En 1972, la I Conferencia de Naciones Unidas sobre el Medio Humano abrió un camino de institucionalización de la problemática, seguido de la creación de la Comisión Mundial del Medio Ambiente de la ONU en 1983, el Informe Brundtland de 1987 y la Cumbre de la Tierra en Río de Janeiro de 1992. Todos estos fueron eventos en el plano internacional en los cuales se buscó ordenar la actividad gubernamental y los problemas de la actividad humana que impactan directamente en la sustentabilidad ambiental.
Como se mencionó anteriormente, la cuestión ambiental, al ser un problema transversal y multisectorial, derivó en una política fragmentada entre diferentes niveles de gobierno. Este diagnóstico no es diferente de lo que se encuentra en otros ámbitos como la salud o la educación, donde diferentes organismos y competencias a nivel nacional y provincial dificultan la planificación a futuro.
La creciente presencia y relevancia del tema ambiental no se traduce en una acción climática decidida con impacto real y efectivo sobre esas condiciones. Existe una heterogeneidad de posicionamientos, de opiniones y de información circulando sobre prácticamente cada aspecto de la cuestión ambiental, que perturba las posibilidades de implementación de acciones integrales decididas, más allá de los grandilocuentes anuncios luego de cada reunión internacional sobre el tema. Sumado a esto, en las últimas elecciones el tema ambiental ha pasado a un segundo plano e incluso se han observado retrocesos.
El primer organismo estrictamente ambiental fue creado en 1973 bajo el Ministerio de Economía, la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano (SRNyAH). Luego de varios vaivenes en el siglo XX, no fue hasta 2006 que vía decreto la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable (SAyDS) pasó a estar en la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros. A su vez, ese mismo año se creó la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) como ente de derecho público interjurisdiccional dentro de la Secretaría. Al organismo también se le sumó la Administración de Parques Nacionales a partir de 2015 y el Servicio Nacional de Manejo del Fuego creado en 2013 en el marco de la secretaría. A partir de allí, el organismo fue virando entre el estatus de Ministro y Secretaria, hasta recuperar el rango de Ministerio en 2019. Al asumir el gobierno de Javier Milei el Ministerio de Ambiente se transformó en una subsecretaría dependiente del Ministerio del Interior, y algunas responsabilidades fueron relegadas a Agricultura y Energía. A la multiplicación de organismos se le suma el COFEMA (Consejo Federal de Medio Ambiente), el ámbito en el que deben dialogar y articular políticas los tres niveles de gobierno.
En cuanto al marco normativo, existen numerosas leyes que han complejizado el manejo de la cuestión ambiental a lo largo de las diferentes estructuras de gobierno. En la cabeza se encuentra la Ley General del Ambiente (LGA) 25.675 del 6 de noviembre de 2002 que se limita a establecer presupuestos mínimos que debe contener la legislación provincial en la materia. A ella se agregan diez leyes de presupuestos mínimos (Ley 25.612 de Residuos Industriales, Ley 25.670 de Gestión de PCB, Ley 25.675 General del Ambiente, Ley 25.688 de Gestión de Aguas, Ley 25.831 de Información Ambiental, Ley 25.916 de Gestión de Residuos Domiciliarios, Ley 26.331 de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, Ley 26.562 de Control de Actividades de Quema, Ley 26.639 de Protección de Glaciares y Ley 26.815 de Creación del Sistema Federal de Manejo del Fuego), 29 convenios, actas, acuerdos y protocolos internacionales aprobados por leyes del Congreso y una cantidad importante de leyes sectoriales referidas a diversas materias (aire, áreas protegidas, bosques, energía, hidrocarburos, minería, fauna, residuos, minería, pesca, suelo, etc.) en las que la cuestión ambiental es una dimensión relevante, y, sobre todo, que cada vez cobra más trascendencia.
El rol de las provincias y municipios
El entramado de leyes a nivel nacional se replica y expande cuando se busca analizar el nivel provincial y municipal. En el plano institucional, todas las constituciones asignan a los poderes Legislativo y Ejecutivo potestad en las materias ambientales (o en recursos naturales). En relación con los Gobiernos locales, las constituciones pueden distinguirse de dos grupos, según establezcan o no ciertas competencias para el nivel local en materia ambiental. Entre las que reconocen jurisdicción a los Gobiernos locales se encuentran Catamarca, Chaco, Chubut, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, La Rioja, Salta, San Luis, Santa Cruz, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Tucumán. Asimismo, cuestiones como la caracterización urbano - rural de la provincia se traducen en mayores o menores capacidades para ejercer facultades ambientales en los gobiernos provinciales. Por otro lado, un número menor de constituciones asignan funciones a otros poderes como el Ministerio Público (Santiago del Estero y Salta), el Consejo Económico y Social (Entre Ríos) o el Defensor del Pueblo (La Rioja). Finalmente, en Entre Ríos, Formosa y Neuquén los pueblos originarios participan en el uso y dominio de los recursos naturales.
En definitiva, la caracterización institucional de la política ambiental en cada jurisdicción se concentra en una serie de factores:
La dotación específica de recursos naturales.
El perfil socioproductivo y la inserción regional e internacional de su economía.
La trayectoria y características de su sistema político-institucional y su impacto en las instituciones públicas.
La tradición e idiosincrasia de su población.
Una política ambiental bajo el gobierno de Javier Milei
Más allá de la degradación normativa de la cuestión ambiental, nos encontramos frente a un gobierno que es abiertamente negacionista del cambio climático y sus consecuencias, una postura que comparten varios de los integrantes de su gobierno. En la plataforma electoral de La Libertad Avanza, el único punto relacionado con el medio ambiente se vincula a la producción, específicamente en el apartado de Agricultura, Ganadería y Pesca. Esta postura la dejó bien clara a nivel nacional e internacional, en foros como la COP, la OEA y el Foro Económico de Davos.
Sin embargo, es incierto en qué cambios concretos pueden llevar estos pronunciamientos. Tomando la gran “ley bases” con la cual decidió iniciar su mandato, en su versión original modificaba la Ley de Glaciares, la Ley de Bosques, la Ley de Quema y el manejo del fuego. Luego, la versión reducida aprobada en julio hace referencia únicamente a la Ley 27.007 de hidrocarburos, el Régimen de Incentivos a las Grandes Inversiones (habilitando la extracción con el fin de promover las grandes inversiones).
Ahora bien, es importante tener en cuenta cómo impactan estas cuestiones estratégicamente al gobierno, considerando los aliados internacionales a los que Milei busca acercarse. Tanto Estados Unidos como la Unión Europea destinan cuantiosos recursos a la cuestión ambiental y energética (391.000 millones de dólares a la lucha contra el cambio climático y 225.000 millones de euros para acelerar la transición energética, respectivamente). Además de ello, buscan imponer condicionamientos a las exportaciones de los países que no cumplan con determinados estándares climáticos, lo cual podría afectar notoriamente nuestras exportaciones hacia ese sector del mundo. Por ejemplo, la Regulación para la Importación de Productos Libres de Deforestación (DFP) y el Mecanismo de Ajuste de Carbono en Frontera (CBAM) impulsadas por la UNión Europea. Esto lleva a que, más allá de sus convicciones respecto de la falsedad del cambio climático, el Poder Ejecutivo tendrá que conciliar su postura si busca posicionarse en el tablero de juego de los países desarrollados del mundo.
Links de referencia
https://fund.ar/publicacion/politica-ambiental-en-el-gobierno-del-negacionismo/
https://www.opeargentina.org/post/la-pol%C3%ADtica-ambiental-de-javier-milei
El anuncio oficial de un proyecto consensuado en el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA) renueva la discusión